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El asesinato de un militar en 1981 ha sido considerado prescrito por la Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional declara extinguida la causa por el asesinato de Ramón Romero Rotaeche

La Audiencia Nacional ha emitido una resolución en la que se estima la prescripción de la causa contra Natividad Jáuregui, conocida como «Jaione» o «Pepona», por el asesinato terrorista del teniente coronel de Artillería Ramón Romero Rotaeche en 1981. Esta decisión ha llevado al archivo definitivo del procedimiento y a la puesta en libertad de la acusada bajo medidas cautelares.

Una excepción en la prescripción del delito

El juez instructor de la causa y la sala de lo Penal habían rechazado previamente la prescripción del delito, pero ahora la Audiencia Nacional ha determinado que la responsabilidad penal de Jáuregui ha quedado extinguida. En un auto que puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo, los magistrados de la sección Segunda han estimado la solicitud de la defensa de Jáuregui, entregada por las autoridades belgas.

En este caso concreto, la Audiencia Nacional considera que se da una excepción en la prescripción del delito, lo que ha llevado a la decisión de declarar extinguida la causa y ordenar la puesta en libertad de la acusada.

Medidas cautelares para Jáuregui

A pesar de su puesta en libertad, Jáuregui no queda exenta de medidas cautelares. El tribunal le ha impuesto la obligación de comparecer ante el órgano judicial los días 3 de cada mes, así como designar un domicilio y se le ha prohibido la salida del territorio, retirándole el pasaporte.

Análisis del procedimiento judicial

En su resolución, la Sala de la Audiencia Nacional recuerda el desarrollo del procedimiento judicial desde la comisión de los hechos en 1981, señalando que la prescripción del delito se produciría 20 años más tarde. Sin embargo, según explican, no se ha producido ningún acto judicial que haya interrumpido la prescripción en esas dos décadas, salvo el auto de procesamiento de diciembre de 2005.

El Tribunal ha analizado detenidamente esta cuestión y la doctrina al respecto, concluyendo que no existen pruebas suficientes que atribuyan a Jáuregui su presunta participación en los hechos. Por lo tanto, se ha considerado que no hay base para continuar con el proceso judicial en su contra.

Esta decisión ha generado controversia y es probable que sea objeto de recurso ante el Tribunal Supremo, lo que podría reabrir el debate en torno a este caso y sus implicaciones legales.

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